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La necesidad de este seguro viene determinada por la vigente Ley de Contratación con las Administraciones Públicas, que exige la presentación de un aval bancario o de un seguro de caución que garantice el cumplimiento de las obligaciones contraídas por aquellas personas físicas o jurídicas que liciten o contraten con las administración. En el seguro de Fianzas ante la Administración el Asegurado puede ser cualquier Organismo Público o Empresa Pública, dependientes de la administración, ya sea estatal, autonómica o local. El Tomador del Seguro será la persona física o jurídica que licite en un concurso convocado por la Administración, o que resulte adjudicataria del mismo. |
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